Los heredamientos: organismos defensores del derecho hídrico para riego
El agua es el recurso natural más escaso en la región de Murcia (península Ibérica) y su utilidad constituye un afán permanente en la historia de su territorio, donde la vida y actividad socioeconómica han dependido siempre de su disponibilidad.
Por ello, la cuenca del río Segura, donde se establecen casi todos sus municipios, es un espacio donde se contemplan multitud de obras hidráulicas, que pueden catalogarse por sistemas tradicionales hídricos derivados desde al menos la época romana hasta principios del siglo XIX, como las acequias, presas, norias, aceñas, qanats, albercas; o, por sistemas modernos hídricos emergidos desde el siglo XIX hasta nuestros días.
Así, se muestra las distintas tipologías de motores, conductos, embalses, trasvases. Todo este panorama testimonia una cultura basada en el desarrollo sostenible del agua destinada principalmente para riego, favorecida en las últimas cuatro décadas por innovación en la práctica política, donde se difunde la concienciación de que el agua es de todos, en tecnologías saladoras, depuradoras, o en nuevas maniobras para regar, como el drenaje subterráneo en terreno agrícola y multicompuertas, entre otras.
Figura 1. La presa del Menjú. Abastece a la acequia principal de Abarán y Blanca, y a la acequia Charrara, España.
Fuente: elaboración propia.
Ahora bien, desde al menos el siglo XIII, una pieza singular en la agricultura de regadío ha jugado un papel primordial en la gestión y derecho igualatorio del agua: las Comunidades de Regantes. También conocidas como heredamientos o hermanamiento, pueden definirse como un grupo de propietarios agrícolas de un área regable, encargada de organizar el aprovechamiento colectivo e individual de aguas públicas, superficiales y subterráneas sin ánimo de lucro. Por tanto, es un organismo responsable de administrar de forma autónoma y común las edificaciones hidráulicas y sus correspondientes caudales, de un modo eficaz, ordenado y equitativo entre sus miembros, y juega un papel muy importante en la gestión del recurso hídrico en una determinada área. Para su creación y funcionalidad es necesario conformar unos estatutos constituidos
por diferentes normas según los agricultores interesados a través de decisiones tomadas por consenso. Por ejemplo, podemos encontrar reglas vinculadas con la distribución de riego, derechos de uso, determinación de los turnos de disposición de agua dependiente siempre de la cantidad de superficie, limpieza de las acequias, reparación de las diferentes estructuras, nombramientos de cargos del equipo de gobierno (comisarios, presidentes, acequieros, regadores, entre otros) y la definición de sus respectivos cometidos, sanciones por no cumplir el reglamento (no pagar la cuota anual o no seguir las normas para regar) o la aceptación de otros agricultores que quieren ser partícipes de dicho organismo.
Estas corporaciones se han sostenido por una cadena de principios desde tiempos remotos, que varían en los siguientes bloques:
a) Apoyo mutuo. En este caso, es accionar el grupo de integrantes para defender sus intereses y problemas comunes; un caso representativo es embarcarse en pleitos contra agentes internos o externos que perjudiquen la funcionalidad y convivencia del heredamiento.
b) El esfuerzo individual y conjunto. Es la motivación, poner activa la voluntad de los miembros, con el fin de alcanzar unas metas; el hecho más claro es cuando todos los miembros invierten cierta cantidad de dinero para confeccionar o mantener la obra necesaria. Es un reflejo de una acción colectiva.
c) Democracia directa. Toma una serie de decisiones colectivas entre los integrantes en lo referente a la totalidad del complejo hidráulico.
d) Solidaridad. Apoyar, cooperar en la solución de problemas de los regantes asociados y de la comunidad en sí.
Figura 2. La acequia árabe de la Andelma en la localidad de Cieza, España.
Fuente: elaboración propia.
Por todos estos rasgos podemos afirmar que las Comunidades de Regantes son un modelo social de esfuerzos limitados de entendimiento, de colaboración entre los usuarios y de cohesión social, ya que favorece y apoya al agricultor con una política proporcional, sin tener en cuenta su adquisición económica y la cantidad de propiedad de tierra que posee, de ahí su faceta defensora sobre el derecho público del uso del agua. Se trata de instituciones que han representado y evidencian los principios fundamentales de una escuela democrática basada en la igualdad hídrica, en iniciativas populares (los agricultores pueden proponer, sin formar parte del equipo del gobierno, derogar o cambiar cualquier ley, revocar cargos, lo cual vivifica la limitación del poder), en unas exigencias económicas equitativas. Brillantes paradigmas nos encontramos en la comarca de la Vega Alta del Segura (Región de Murcia) (Trigueros-Molina, 2017). Si bien resalta un sistema histórico derivado de los poblamientos árabes del siglo X (el heredamiento de la Acequia de la Andelma en la población de Cieza, que recientemente ha sido declarado Bien de Interés Cultural), sistemas modernos basados en la expansión de riego por terrenos alejados de la cuenca fluvial (El Motor de Resurrección) (Griñán-Montealgre & Trigueros-Molina, 2018), e incluso, sistemas tradicionales de elevación de agua de gran impacto paisajístico debido a que transforman un espacio baldío a un espacio regable, como bien muestra el territorio del Valle de Ricote, con el Heredamiento de la Noria Grande de Abarán y el Heredamiento de la Hoya de Don García.
Figura 3. Noria de Don García en Abarán.
Fuente: elaboración propia.
Ambos artilugios como los terrenos que riegan están situados en el margen izquierdo del río Segura. Se encuentran instaladas las norias en la acequia principal de Abarán-Blanca. El complejo de la Noria Grande fue edificado en 1804. A mediados del siglo XIX tuvo la capacidad de regar casi un total de 180 tahúllas, alcanzando hoy en día la cifra cercana de 80 tahúllas. Por el contrario, la Noria de Don García (Figura 3) fue edificada en 1817 donde sigue abasteciendo a 204 tahúllas. Este territorio ha sido declarado Bien de Interés Cultural con categoría de lugar de interés etnográfico por la Conserjería de Turismos y Cultura de la Región de Murcia gracias a los valores de representatividad del territorio, autenticidad y singularidad histórica. En definitiva, numerosos son los prototipos que nos encontramos a lo largo de la zona levantina de la Península Ibérica, hecho que certifica que es un instrumento adecuado para un derecho de riego igualatorio.
Figura 4. La hoya de Don García y el río Segura, España.
Fuente: elaboración propia.
Referencias